sábado, 5 de septiembre de 2009

Entrevista del Premio Nobel de la Paz con el Juez Alfredo Ramos

Sobre la criminalización de la protesta social.
Se ruega su difusión.


Entrevista del Premio Nobel de la Paz con el Juez Alfredo Ramos,

del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional Nº 1

de Chilecito y Famatina

Tribunal de Chilecito, Sábado 22 de agosto de 2009

Por iniciativa de Adolfo Pérez Esquivel, se realizó el pasado 22 de agosto de 2009 una reunión con el Juez de instrucción Alfredo Ramos, del Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional nº1 de Chilecito y Famatina.El Premio Nobel de la Paz solicitó esa entrevista para hablar con el magistrado de la creciente criminalización y judicialización de la protesta social, y en particular de la causa en la que están imputadas dos asambleístas de la provincia de La Rioja, Marcela Crabbe y Carina Diaz Moreno.

Resumen de los hechos

El 14 de abril de 2009 fueron agredidas las dos mujeres por funcionarios de la secretaría de minería de la provincia, en el paraje Peñas Negras, donde mantienen la “Barrera de la Vida” en defensa del Cerro Famatina. En virtud de lo acontecido ese día, hubo denuncias contra los manifestantes por impedir el paso a los vehículos de los funcionarios públicos y contra las personas vinculadas al Gobierno provincial por tratar de disgregar de manera violenta el grupo de manifestantes.

Luego de esos hechos, el equipo de atención de casos de SERPAJ envió una carta al juzgado, y luego se comunicó telefónicamente con el juez, pidiendo informes sobre el estado de las causas, sin recibir nunca respuesta alguna. El 25 de junio de 2009, el Juez Alfredo Ramos citó a indagatoria a Carina Diaz Moreno, y le dictó la prisión preventiva luego de finalizada la declaración, concediéndole la excarcelación más tarde. Esa detención fue el motivo de una segunda carta de Adolfo Pérez Esquivel al gobernador riojano Luis Beder Herrera, con copia al juzgado de Chilecito y Famatina. Una primera carta había sido mandada unos meses antes por la represión violenta contra miembros de las Asambleas Ciudadanas Riojanas, ocurrida el 19 de febrero de 2009 durante el aniversario del pueblo de Chilecito.

Análisis de la situación por el Dr. Alfredo Ramos, Juez de Instrucción

Durante la entrevista del 22 de agosto de 2009, el Dr. Ramos comunicó su análisis de la situación. En su opinión, la modalidad de lucha de las asambleas ciudadanas, “que tal vez sea legítima”, consiste en cortar caminos y rutas cuando hay vehículos de la secretaría de minería o de empresas mineras, lo que “crea cierto fastidio de parte de la gente que anda por la carretera o pertenece a una empresa”.

Luego relató que el 2 de abril de 2009, un geólogo, que había contratado a dos baqueanos para ir al cerro Famatina por un camino rural, se habría visto impedido el paso por asambleístas que además, lo “amenazaron”, y le “dijeron que si volvía, eso tendría consecuencias”. Por esos hechos, presentó una denuncia (el juez no precisó en contra de quien). Adolfo Pérez Esquivel reaccionó destacando que los asambleístas no vienen a agredir a nadie y siempre tuvieron métodos de protesta pacíficos.

En cuanto a los hechos del 14 de abril de 2009, el magistrado dijo tener conocimiento de las denuncias recíprocas presentadas por un lado por las asambleístas y por otro lado por los funcionarios de la secretaría de minería. Cuando se le preguntó porque no se le daba tratamiento a las denuncias iniciadas por los asambleístas (tanto por la agresión el 14 de abril como por la represión del 19 de febrero), el juez afirmó que esas denuncias no le habían llegado todavía, y estaban en fiscalía, en manos de los Dres. Ocampo y Montivero, los cuales tenían que emitir un dictamen.

A continuación, señaló que “la causa donde la chicas están imputadas por entorpecimiento del tránsito no se hace por la denuncia de los funcionarios del gobierno, sino por una denuncia del delegado de la administración provincial de vialidad”. Por ese motivo, el fiscal Ocampo les imputa el delito 194 del Código Penal Argentino a Marcela Crabbe y a Carina Diaz Moreno.

A raíz de eso, el juez hizo una resolución, “pidiendo que se instale un puesto policial en Peñas Negras, para garantizar la paz, y la tranquilidad, y el libre tránsito de las personas, para impedir la agresión (...) porque pueden suceder hechos más graves”, lo que el Premio Nobel de la Paz consideró ser simples “supuestos”. Cabe recordar que los asambleístas sufrieron varias veces de la represión policial, por lo que la instalación de un puesto policial no parece ser para el igual beneficio de todos.

El juez recordó que citó a Carina Diaz Moreno para su declaración indagatoria, pero que ella prefirió no declarar, como le permite la ley. En cuanto a Marcela Crabbe, todavía no se le tomó declaración indagatoria. El magistrado insistió en varias oportunidades en el hecho de que ambas “no están procesadas, sino imputadas, con declaración indagatoria y excarcelable”. En base a las declaraciones, se resolverá cual es su situación procesal, “si son autoras o no del delito, si tienen responsabilidad en el delito que se les imputa”. Concluyó: “El fiscal puede imputar; el juez puede decir si hay delito o no hay delito. Esa es la situación procesal de ellas”.

Posición del Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel

Mientras que el juez insistió en la importancia de defender el derecho a la libre circulación, Adolfo Pérez Esquivel resaltó que los asambleístas estaban también ejerciendo sus derechos, defendiendo su derecho a vivir en un ambiente sano. Expresó su preocupación acerca de la “criminalización de la protesta social”, y dijo que “el problema central es saber quien defiende a los ciudadanos frente al avance de las empresas mineras, y frente a las políticas del gobierno”. Agregó: “Hay un derecho del ciudadano a la vida y hay por el otro lado leyes injustas que protegen a las empresas (...) nosotros estamos lógicamente con los ciudadanos y ciudadanas, por su derecho por sobre las empresas”. Explicó que se debe respetar las leyes, pero recalcó que “no toda ley es justa, y toda ley injusta debe ser resistida hasta obtener su total nulidad”.

Además, el Premio Nobel de la Paz pidió explicaciones acerca de la diferencia de tratamiento entre las denuncias iniciadas por los asambleístas, y las denuncias en contra de ellos, subrayando que la justicia no parece ser la misma para todos.

Por otro lado, se le solicitó al juez Ramos la posibilidad de ver la causa en la que están imputadas Marcela Crabbe y Carina Diaz Moreno, demanda a la que el juez no accedió, por el estado en el que se encontraba la causa. Por el momento, sólo pueden tener acceso a la causa los defensores de las imputadas. Por lo tanto, se le pidió al defensor oficial que mande cuanto antes una copia de la causa al equipo de atención de casos de SERPAJ, para que ese pueda realizar un mejor seguimiento y asesoramiento.

Durante la reunión, el Premio Nobel de la Paz entregó además al juez una denuncia penal en contra del Secretario de Minería de la Rioja Oscar Lehz, firmada por los participantes del Foro Social por el Ambiente que se acababa de realizar en la capital provincial. Esta denuncia fue presentada por una explosión efectuada el día anterior bajo la responsabilidad del gobierno provincial, y que provocó daños en varias viviendas y problemas de salud a una vecina. Antes de ir al Tribunal de Chilecito, Adolfo Pérez Esquivel había ido a visitar una de las familias afectadas y pudo constatar la gravedad de los daños y el peligro de muerte que corrieron varios vecinos en el momento de la explosión. Comentó: “Menos mal que no hubo muertos, los pudo haber, porque hay piedras y bloques que son de varias toneladas, que se desprendieron por la explosión (...). Y no se ha presentado ningún funcionario del gobierno para resolver este problema”. El Juez Alfredo Ramos recibió la denuncia y se comprometió a hacerla llegar al juzgado competente.

Algunas incongruencias

La entrevista con el Juez Alfredo Ramos dejó aparecer algunas incongruencias que quedaron sin aclararse.

Como dijimos antes, el juez explicó que las denuncias presentadas por los asambleístas estaban en mano de los fiscales, por lo que todavía no había tenido acceso a ellas, y no tenía ninguna responsabilidad en las demoras para su tratamiento. Si esta afirmación parece ser correcta en cuanto a las denuncias presentadas por la represión del 19 de febrero, la situación no es tan clara en respecto a la denuncia presentada por lo ocurrido el 14 de abril. En efecto, cuando se solicitó ver la causa en la que estaban imputadas las dos mujeres, la secretaria del juzgado nos explicó que la causa estaba compuesta de dos expedientes acumulados[2]: la denuncia del director de minería y la denuncia iniciada por Carina Diaz Moreno y Marcela Crabbe. Entonces, contrariamente a lo que había afirmado, el Dr. Alfredo Ramos sí tiene en sus manos la denuncia presentada por las asambleístas.

Por otro lado, otra explicación del juez generó confusión, al decir que las dos asambleístas estaban imputadas no por la denuncia del funcionario de la secretaría de minería, sino por una denuncia de la autoridad vial. Sin embargo, tanto el expediente presentado por la secretaria como el que figura en la citación a declaración indagatoria de Carina Diaz Moreno se refieren a la denuncia presentada por el director de minería Hector Romero. Infelizmente no se le pudo pedir al juez una aclaración de esta aparente incongruencia.

Conclusiones

Esta entrevista fue una oportunidad para el Premio Nobel de la Paz de hablar en persona con el Juez Alfredo Ramos de Chilecito y Famatina, de la problemática de criminalización de la protesta social, y hacerle saber nuevamente que se estaba siguiendo de cerca el caso particular de Marcela Crabbe y Carina Diaz Moreno.

Esperamos que el juzgado siga con una actitud de diálogo y se encargue ahora de contestar los pedidos de información enviados por el equipo de atención de casos de SERPAJ. Seguiremos atentos a fin de que el acceso a la justicia sea igual para todos los ciudadanos, y que puedan defender sus derechos fundamentales a la vida, a vivir en un ambiente sano, sin tener que temer de represiones y persecuciones judiciales.

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