La empresa minera Barrick dio a conocer su posición respecto de la sanción de la ley de protección de glaciares ocurrida en la madrugada de este jueves. Aseguran que seguirán trabajando, pero advierten que se han hecho importantes modificaciones.
“Se efectuaron modificaciones importantes en el proyecto finalmente aprobado por el Congreso. Además, para que este proyecto sea efectivo, el Poder Ejecutivo aún tiene que promulgar la ley y emitir la reglamentación correspondiente. Es importante tener en cuenta que Argentina ya cuenta con completo marco en materia ambiental que protege las fuentes de agua y, la provincia de San Juan, donde se ubican nuestras operaciones, también ha promulgado recientemente legislación para la protección de glaciares con la que cumplimos”, dice el comunicado.
Además agrega que “Tal como hemos manifestado en otras oportunidades, Barrick no efectúa trabajos de minado en glaciares y, de hecho, la empresa ya ha implementado un exhaustivo conjunto de medidas para proteger los glaciares, así como otras áreas ambientales sensibles alrededor de la mina Veladero y el proyecto Pascua Lama. De esta forma, sobre la base de estos hechos y adicionalmente a nuestros exhaustivos estudios de impacto ambiental ya aprobados y las medidas de control en marcha, continuaremos con nuestras actividades normales y cumpliremos con el marco legal”.
Así lo planteó la empresa canadiense, tras que la Cámara de Senadores convirtió en ley el proyecto de Protección de los Glaciares que había modificado Diputados (el llamado proyecto Filmus-Bonasso) que rechazan las provincias mineras porque prohíbe la actividad y la instalación de industrias en las zona de hielo de media y baja montaña. Aunque quedó eliminado el artículo 17 que paralizaba la actividad minera en las áreas potencialmente protegidas por la ley hasta tanto no estuviera finalizado el inventario de glaciares y zonas periglaciares.
La iniciativa consensuada entre Filmus y Bonasso incluye una declaración de los glaciares como “bienes de carácter público”, la protección de áreas de hielo en la media y baja montaña, la prohibición de la exploración y explotación minera e hidrocarburífera” y la “instalación de industrias o desarrollo de obras o actividades industriales”.
Esta iniciativa no define claramente la zona periglacial lo que queda sujeto a múltiples interpretaciones. Además, define los glaciares como bien común sobre los cuales la Nación tiene la potestad exclusiva dejando afuera a las provincias. Del mismo modo, excluye a las provincias de las realización del inventario de los glaciares que estará a cargo de la Nación y el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA).
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